Está en vigencia la exención del inmobiliario para pequeños fruticultores
noviembre 15, 2007
El director de Agricultura y Desarrollo Forestal, Ricardo Merli, informó que los productores frutícolas que tengan menos de 50 hectáreas pueden acceder a la exención del impuesto inmobiliario de 2004, 2005 y 2006. “Es un aliciente por la falta de rentabilidad del sector”, señaló.
El director provincial de Agricultura y Desarrollo Forestal, Ricardo Merli, informó que está en vigencia el régimen de excepción tributaria para productores frutícolas que tengan menos de 50 hectáreas cultivadas. Los fruticultores tienen que acercarse a su cámara local y llenar una declaración jurada que luego es analizada por el Ministerio de Producción y Turismo. Una vez certificada la aptitud para acceder al beneficio se les entrega un documento para tramitar la excepción en Rentas.
Merli recordó que el beneficio se estableció hace un mes y medio mediante la ley provincial. “Se los exime del impuesto vencido de 2004, 2005 y 2006. De esta manera, los productores tienen un aliciente para que la carga impositiva de la provincia no les afecte la rentabilidad del negocio y los hace más competitivos”, señaló.
El funcionario explicó que “alcanza a todos los que están empadronados y pagan el impuesto inmobiliario rural en cultivos intensivos”, que son, aproximadamente, unos 320 productores en toda la provincia.
El director señaló que variables como las retenciones a la exportación y los costos de insumos para producir “han generado que la producción haya sufrido pérdidas y déficit económico”. “Una de las formas de paliar esa situación es que la provincia dé señales de ayuda y compromiso con los productores frutícolas”, destacó.
Se les pide a los productores que no hayan abandonado la actividad, que continúen manteniendo los niveles productivos y de ocupación de mano de obra. “Este incentivo es para evitar que los productores se deshagan de parte de la mano de obra o que no hagan las tareas culturales para mantener la calidad de la fruta por la falta de rentabilidad”, puntualizó Merli.
“Es un trámite sencillo. Con la declaración jurada se les solicita la fotocopia de la escritura traslativa de dominio que nos certifica que el que presenta la declaración es el propietario de la tierra”, detalló y explicó que con toda la documentación “se conforma un expediente que va a las direcciones regionales de Producción y se extiende luego un certificado de haber cumplido con los trámites y de admisión al régimen de excepción y luego puede sanear su situación ante la Dirección Producción de Rentas”.
El plazo es hasta el 30 de diciembre, pero el director de Agricultura y Desarrollo Forestal les solicitó a los productores que cumplimenten lo antes posible los trámites en su cámara porque se necesita la certificación del Ministerio de Producción y Turismo.














